Sin embargo, se incluyeron a cinco mil hogares a los que no les correspondía recibir dicho beneficio.
La Contraloría General determinó que 9 144 hogares en situación de pobreza y pobreza extrema de la región Cusco no fueron incluidos en el Padrón de los Hogares Beneficiarios (PHB) del subsidio monetario de S/ 380 otorgado durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, sin embargo, se incluyeron a 5 064 hogares a los que no les correspondía recibir dicho beneficio.
La Comisión Auditora evidenció que al 16 de marzo de 2020 -fecha de corte del Padrón General de Hogares (PGH) que es el insumo principal para la elaboración del padrón de hogares beneficiarios- los hogares no incluidos en este último padrón sí cumplían con los criterios de elegibilidad establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis).
Por otro lado, en el PHB sí se consideró a hogares que superaron los umbrales de consumo de energía eléctrica, por lo que no les correspondía la clasificación socioeconómica de pobres o pobres extremos. Hasta el 28 de abril último, se advirtió que 2 497 responsables del cobro en esos hogares cobraron el subsidio.
Los hechos advertidos están contenidos en el Informe de Hito de Control N° 019-2020-OCI/5788-SCC, cuyo periodo de evaluación comprende del 7 de mayo al 18 de junio de 2020.
Cabe señalar que a través del Decreto de Urgencia N° 027-2020 publicado el 16 de marzo de 2020 se autorizó el otorgamiento excepcional y por única vez del referido subsidio a favor de los hogares en condición de pobreza o pobreza extrema.
Cabe precisar que el padrón de beneficiarios del subsidio monetario extraordinario de S/ 380 aprobado por el Midis comprende un total de 2 749 091 hogares beneficiarios a nivel nacional.
El informe de control fue notificado al titular de la entidad para que adopte las acciones correctivas correspondientes a fin de contribuir a garantizar la finalidad pública del Decreto de Urgencia Nº 027-2020.
Fuente: Correo
Viajaba en colectivo tipo station wagon que se estrelló contra tráiler en la carretera Panamericana Sur.
Advierte que la decisión del TC no solo afecta la autonomía del PJ, sino también, la composición y funcionamiento de la JNJ, órgano clave en los procesos disciplinarios sobre jueces y fiscales.