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Junta Nacional de Justicia: puntos clave del nuevo CNM

De manera unánime se aprobó el texto sustitutorio. Conoce las funciones de esta nueva entidad. Antes del acuerdo, la bancada fujimorista pretendía elegir al CNM desde el Congreso controlado por FP.

Junta Nacional de Justicia: puntos clave del nuevo CNM

El Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) ha quedado a partir de esta noche en el pasado. El Pleno del Congreso de la República aprobó este martes el proyecto final que reforma esta institución, que ha pasado a llamarse Junta Nacional de Justicia.

La entidad, que fue declarada en emergencia por el Parlamento el pasado 23 de julio, podrá ser recompuesta en todos sus niveles tras la difusión de los denominados “audios de la corrupción”, que terminó involucrando a sus ex miembros con presuntos actos de corrupción.

Las comisiones de Constitución y de Justicia, que presiden Rosa Bartra (Fuerza Popular) y Alberto Oliva (Peruanos por el Kambio), respectivamente, sustentaron sus dictámenes antes de ser debatidos.

Al final, la propuesta que prevaleció y se consolidó en un único texto sustitutorio fue la del grupo de trabajo que lidera la congresista fujimorista. Tras ello se realizó la votación y 112 parlamentarios (unanimidad) respaldaron el texto final que quedó listo para ser sometido a referéndum.

 

Tres artículos de la Constitución

 

Artículo 154

La Junta Nacional de Justicia dispone el nombramiento de jueces y fiscales a nivel nacional, previo concurso público de méritos y evaluación personal. También, se recalca la facultad de ratificar a los magistrados de todos lo niveles cada siete años. Se precisa que los no ratificados o destituidos no pueden reingresa al Poder Judicial ni Ministerio Público.

 

Artículo 155

Serán 7 los nuevos miembros del ex CNM y serán seleccionados mediante concurso público de méritos por un periodo de 5 años. “Esta prohibida la reelección. Los suplentes son convocados por estricto orden de mérito obtenuido en el concurso”.

La Comisión Especial encargada de designar a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ) la integrarán:

 

-Defensor del Pueblo

-Presidente del Poder Judicial

-Fiscal de la Nación

-Presidente del Tribunal Constitucional

-Contralor general de la República

-Dos rectores: uno elegido por las universidades públicas y las universidades privadas.

 

Artículo 156

Para ser miembro de la JNJ se precisar una serie de requisitos para postular, como ser peruano de nacimiento, ciudadano en ejercicio, mayor de 45 y menor de 75 años. También se remarca que tiene que ser abogado con nos menos de 25 años de experiencia.

“Los miembros del CNM (ahora Junta Nacional de Justicia) gozan de los mismos beneficios y derechos y están sujetos a las mismas obligaciones e incompatibilidades que los jueces supremos”, se anota.

 

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