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Congreso aprueba que descanso pre y posnatal también se considere en cálculo de las utilidades

Los días de licencia de las trabajadoras embarazadas serán considerados como laborados

Congreso aprueba que descanso pre y posnatal también se considere en cálculo de las utilidades

El Pleno del Congreso aprobó un proyecto de ley que ordena que el descanso pre y posnatal sean contemplados a la hora de calcular el reparto de utilidades en una empresa, lo cual beneficiará a las madres gestantes trabajadoras.

La iniciativa de la congresista de Fuerza Popular, Liliana Takayama, modifica el Decreto Legislativo N° 892 que regula la obligación del pago de las utilidades. De ser aprobada por el Ejecutivo, los días de licencia de las trabajadoras embarazadas ahora serán considerados como laborados.

Las trabajadoras gestantes tienen derecho a 98 días de descanso prenatal y posnatal, lo cuales podrán acumularse y disponer según decida la madre, es decir de forma diferida, parcial o totalmente y acumulado después del parto. En el caso de los padres, éstos tienen cuatro días de licencia por paternidad.

"Estamos esperando que el Ejecutivo no observe, pero si lo hiciera, quizá nosotros lo aprobemos por insistencia”, dijo la legisladora Liliana Takayama.

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