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Pleno del Congreso aprobó proyecto que autoriza el retiro del 25% de fondos de AFP

El Congreso tenía todo listo para aprobar medida que permitirá extraer un máximo de 12,900 soles de fondo pensionario privado. El consenso era casi total con la excepción del Partido Morado.

Pleno del Congreso aprobó proyecto que autoriza el retiro del 25% de fondos de AFP

El Pleno del Congreso aprobó por mayoría el proyecto de ley multipartidario que autoriza a los afiliados a las administradoras de fondo de pensiones (AFP) el retiro, excepcional, del 25% de su cuenta personal con el propósito de aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el contexto de la emergencia sanitaria por el Covid-19. Vea aquí la galería fotográfica

Tras cinco horas de debate, la iniciativa obtuvo 107 a favor, cuatro en contra y cero abstenciones en primera votación y  fue exonerada de segunda votación por 106 votos a favor, cuatro en contra y cero abstenciones.

Legisladores de Acción Popular, Alianza para el Progreso, Podemos Perú, Unión por el Perú, Fuerza Popular, Frepap, Somos Perú y el Frente Amplio respaldaron mayoritariamente la propuesta.

La norma precisa que los afiliados de las AFP pueden retirar el 25% de su cuenta personal hasta un tope de tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir S/ 12 900.00.

La entrega de los fondos se realizará de la siguiente manera, el  50%  en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenezca el afiliado y el 50% restante a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso.

En caso que el afiliado tenga un monto acumulado total en su cuenta individual de capitalización igual o menor a una UIT, el retiro será del 100% y en un solo desembolso, en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la AFP.

La solicitud para el retiro del dinero a que se refiere la presente norma se presentará ante la AFP a la que pertenezca el afiliado, de manera remota, virtual o presencial.

Los afiliados que deseen acogerse a este beneficio deben solicitarlo en un plazo máximo de 60 días calendario de publicado el procedimiento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradora de Fondos de Pensiones (SBS).

La presente norma no deroga, suspende o sustituye otra normas vigentes que establecen medidas relacionadas al retiro total o parcial de los fondos a cargos de la AFP.

En ese sentido, los beneficiarios del decreto de urgencia 34-2020, que autorizó el retiro excepcional de hasta S/ 2000 de la cuenta individual de AFP, podrán acogerse a la presente norma descontando la suma recibida.

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