(Jueves 18/08/2022).- El Ministerio de Cultura y los representantes de las comunidades campesinas Tapayrihua, Tiaparo, y los anexos de Choccemarca, Quishque, Flor de Huarancca y Anexo Huayao, pertenecientes a los pueblos indÃgenas u originarios quechuas, acordaron el Plan de Consulta Previa para la declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos prehispánicos ubicados en los distritos de Tapairihua y Pocohuanca, en la provincia de Aymaraes.
El Plan de Consulta detalla las fechas y metodologÃa para el desarrollo de las etapas de: publicidad, información, evaluación interna, diálogo del referido proceso y decisión. Cabe destacar la participación de las mujeres como representantes en esta reunión preparatoria: del total de 28 participantes, el 36% fueron mujeres (10).
Respecto a las declaratorias como Patrimonio Cultural de la Nación a los Monumentos Arqueológicos Prehispánicos (MAPs), el Ministerio de Cultura, a la fecha, a través de la Dirección de Catastro y Saneamiento FÃsico Legal de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, ha consultado a dos localidades de los pueblos quechuas en el proceso de consulta sobre los MAPs Intihuatana-Colcaraccay, Runayupana Sector 1 y 2 y Qillaycancha como Patrimonio Cultural de la Nación.
Procesos de consulta previa
Desde el 2013 a la fecha, se han realizado 69 procesos de consulta previa en el paÃs. En todas ellas, el Estado ha consultado a 972 localidades de 28 pueblos indÃgenas u originarios del paÃs, de los cuales, la mitad se relacionan con proyectos de minerÃa e hidrocarburos. Etapas de la consulta:
a) Publicidad: La entidad promotora (Estado) entrega a los pueblos indÃgenas u originarios el Plan de Consulta y la propuesta de medida a consultar.
b) Información: La entidad promotora (Estado) informa a los pueblos consultados en qué consiste la medida y cuáles son sus consecuencias y cómo esta podrÃa generar cambios en el ejercicio de sus derechos colectivos a sus derechos colectivos.
c) Evaluación interna: Los pueblos consultados evalúan y comunican a la entidad promotora su acuerdo con la medida o su propuesta.
d) Diálogo: Tiene como fin lograr acuerdos en relación a la medida. Termina con un acta de consulta que detalla los acuerdos y desacuerdos si los hubiera. Los acuerdos son de obligatorio cumplimiento por ambas partes.
e) Decisión: En base a los resultados del proceso de consulta, garantizando los derechos colectivos de los pueblos y respetando los acuerdos del Acta de Consulta, la entidad promotora (Estado) toma una decisión respecto a la medida consultada.