Apurímac 23/05/2025.- El Gobierno de Javier Milei ha restringido parcialmente este miércoles el derecho a huelga en Argentina al ampliar, mediante un decreto, la cantidad de servicios que deberán garantizar una prestación mínima incluso en medio de un conflicto laboral, una medida que ha generado polémica en el país latinoamericano.
En un decreto referido a la desregularización del transporte marítimo y fluvial, el Ejecutivo ha incluido un artículo en el que ha introducido también modificaciones en la Ley del Régimen Laboral.
Concretamente, el artículo ha ampliado la cantidad de actividades consideradas esenciales, y ha creado una nueva categoría denominada "actividades o servicios de importancia trascendental", para las que se impone un mínimo del 75 % y 50% de la prestación del servicio, respectivamente, incluso en el marco de un conflicto laboral.
"El Gobierno Nacional, a través del Decreto 340/2025, intenta suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate ni análisis previo", expresó el martes la Central General del Trabajo (CGT), la central obrera más importante de Argentina, en un comunicado oficial.
La central ha agregado: "La CGT no permanecerá en silencio frente a esta grave avanzada de un Gobierno que pretende borrar, una vez más, los derechos que tanto costó conquistar y defender".
A los servicios considerados esenciales hasta ahora –sanitarios, hospitalarios, relativos a agua potable, a la energía eléctrica, el gas y el control del tráfico aéreo– el decreto ha sumado todas las ramas del transporte marítimo y fluvial, pero también los servicios aduaneros, migratorios y la educación en todos sus niveles.
Ha establecido, a su vez, como "actividades o servicios de importancia transcendental", los siguientes sectores:
- Producción de medicamentos y/o insumos hospitalarios
- Transporte terrestre y subterráneo
- Radio y televisión
- Actividades industriales
- Industria alimenticia
- Producción y distribución de materiales de construcción
- Reparación de aeronaves y buques
- Servicios aeroportuarios
- Servicios logísticos
- Actividad minera
- Actividad frigorífica
- Servicio de correo
- Distribución y comercialización de alimentos y bebidas
- Actividad agropecuaria
- Servicios bancarios, financieros, hoteleros y gastronómicos
- Comercio electrónico
- Producción de bienes y/o servicios ligados a compromisos de exportación
En diálogo con EFE, el abogado laboralista Juan Manuel Ottaviano ha recordado que la ampliación del espectro de actividades consideradas esenciales estaba originalmente incluida en un extenso decreto de desregularización general de la economía, firmado por Milei poco después de su llegada al poder en diciembre de 2023. Ha destacado que, en su momento, "ya fue declarado inaplicable por inconstitucional por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo".
Ottaviano ha remarcado que la medida anunciada este miércoles "es contraria a lo que dictan la Constitución y las leyes y convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la medida en que no se puede restringir, por decreto, sin adecuación a criterios internacionales, el derecho a huelga".
Fuente: Público