Apurímac 23/04/2025.- La Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac revocó la sentencia condenatoria emitida en primera instancia contra once exdirigentes de la provincia de Cotabambas y que fueron condenados a penas de cárcel de ocho y nueve años, a raíz del conflicto social contra MMG Las Bambas, en el 2015.
Los once líderes sociales absueltos en segunda instancia son: Virginia Pinares Ochoa, Rodolfo Abarca Quispe, Ronal Andrés Bello Abarca, Juan Pablo Cconislla Gallegos, Jacinto Lima Lucas, Alem Torre Garcés, Maximiliano Huachaca Mamani, Walter Moreano Andrada, Romualdo Ochoa Aysa, Lizbeth Abarca Peña y Cosme Bolívar Escudero.
El proceso judicial se inició tras ser denunciados los entonces dirigentes por MMG Las Bambas a raíz de las protestas que rechazaban la modificación del estudio de impacto ambiental sin consulta previa, así como los impactos ambientales originados y afectaciones de territorios comunales cedidos a la minera en transferencias pocos transparentes.
Los dirigentes fueron sentenciados por autoría mediata, por los supuestos delitos de disturbios, entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos y daños agravados, en agravio del Estado y la minera MMG Las Bambas. Si bien la fiscalía documentó los bloqueos de vías y agresiones contra el personal policial, según la defensa de los dirigentes, nunca se logró identificar a los autores directos de los hechos.
Durante el proceso judicial, el Ministerio Público y la Procuraduría Especializada en Delitos contra el Orden Público optaron por cambiar la modalidad de “autoría mediata” por “coautores no ejecutivos”, es decir, no había plena convicción respecto de la supuesta autoría mediata, pese a esa incosistencia se dictó sentencia en primera instancia, sin embargo, a raíz de ello y la falta de motivación en la resolución judicial, el caso fue revertido por el colegiado absolviéndose a todos los imputados.
La resolución judicial, muy esperada por diversos sectores sociales de la región y en especial de la provincia de Cotabambas, fue promulgada por unanimidad por los magistrados René Olmos Huallpa (presidente), Erwin Tayro Tayro y Jorge Luque Cáceres.
Por su parte, David Velazco Rondón, abogado de la ONG Fedepaz a cargo de la defensa de los denunciados, comentó que “esta sentencia crea un importantísimo precedente, en el sentido de que no se puede atribuir una acusación sin precisar qué conducta penal asumieron los acusados y no se puede avanzar a un juicio sin que existan siquiera pruebas referenciales de la responsabilidad penal, menos si se trata de un proceso contra quienes ejercen su derecho a la protesta social pacífica”, precisó.