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Arequipa: comandante del Ejército es condenado por usar tanque para fiesta de cumpleaños

El comandante EP Henry Alcántara Minchola fue hallado responsable del delito de peculado de uso tras disponer indebidamente de un porta tropa oruga para fines personales. Fue condenado a dos años de prisión suspendida.

Arequipa: comandante del Ejército es condenado por usar tanque para fiesta de cumpleaños

Apurímac, 30 octubre 2025.- Henry Arturo Alcántara Minchola, comandante del Ejército Peruano del Batallón de Infantería Blindada N° 57 de Arequipa, fue sentenciado a dos años de prisión suspendida por peculado de uso, luego de que se demostrara que dispuso indebidamente de un vehículo militar para un evento privado.

El Juzgado Penal Unipersonal para casos de corrupción de funcionarios de Arequipa explicó que el fallo fue convertida en prestación de servicios comunitarios.

Durante la audiencia pública virtual, realizada el 20 de octubre de 2025, el magistrado Edy Leyva Cascamayta concluyó que Alcántara dispuso de manera irregular el uso de un tanque militar, para ser más específico, de un vehículo porta tropa oruga (PTO) con fines ajenos al servicio militar.

¿POR QUÉ SE LE ACUSÓ AL COMANDANTE?

Según la investigación fiscal, el 19 de enero de 2024, el comandante EP autorizó la salida del vehículo desde el cuartel Salaverry (Miraflores, Arequipa) hacia la Villa Militar de Oficiales, para recoger al coronel EP Marco Antonio Quispe Astete, quien celebraba su cumpleaños. Posteriormente, la unidad trasladó al oficial hasta la Tercera Brigada de Servicios, donde fue homenajeado por su personal.

El vehículo militar —destinado exclusivamente a instrucciones, desfiles o misiones oficiales— fue utilizado en una actividad privada, lo que quedó probado mediante videos difundidos en redes internas del Ejército.

Además de la pena suspendida, el juez impuso una inhabilitación de cinco años para ejercer cargos públicos y ordenó el pago de S/3,000 de reparación civil a favor del Ejército, por el daño extrapatrimonial causado a la imagen institucional.

El fallo marca un precedente importante en materia de responsabilidad administrativa y penal dentro de las Fuerzas Armadas, al reafirmar que los bienes del Estado no pueden ser usados para fines personales ni celebraciones privadas.

Fuente: Perú 21 

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