Apurímac 3/06/2025.- La reciente ley aprobada por el Congreso de la República, obliga a los medios de comunicación a destinar el 10% de su espacio a contenidos informativos sobre violencia contra la mujer y miembros del grupo familiar. Ante esto, el Consejo de la Prensa Peruana (CPP) considera que esa exigencia constituye una forma de control encubierto sobre los medios.
"La reciente modificación de la norma, que entre otros puntos regula el tratamiento informativo de los casos de la violencia hacia la mujer y los integrantes del grupo familiar, se ha convertido en el argumento para justificar el control de los medios pese a que muchos de ellos abordan dichos temas de manera permanente, guiándose por los principios de la ética y autorregulación", se lee en el comunicado.
Desde el CPP se advierte que la medida no es simplemente una "franja informativa", sino una intervención directa del Estado en los contenidos, lo cual afecta el derecho ciudadano a recibir información independiente, plural e imparcial. A ello se suma el riesgo de que este tipo de disposiciones se utilicen políticamente.
La ley se suma a iniciativas previas del actual gobierno que buscaban imponer líneas editoriales favorables a sus logros. Para el CPP, esta medida representa un retroceso democrático y una violación a los principios constitucionales que garantizan la libertad de prensa y el derecho a la información.
¿Qué propone la ley?
Se ha modificado el artículo 46 de la Ley 30364, la cual está orientada a prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los miembros del grupo familiar. Esta modificación establece que los medios de comunicación deben abordar estos temas con objetividad informativa y respeto por los derechos humanos, así como por la libertad y dignidad de las mujeres víctimas de violencia.
Además, se incorpora que las entidades públicas que forman parte del Sistema Nacional para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar podrán utilizar, sin costo, el 10 % del tiempo de programación destinado a la franja educativa en horario de protección familiar.
Este espacio será empleado para difundir contenidos relacionados con la sensibilización, prevención, atención, protección, sanción y reeducación con el propósito de combatir la violencia de género.
La autógrafa fue aprobada por el Pleno del Congreso el pasado 22 de mayo con 80 votos a favor y tres abstenciones. Cabe mencionar que esta norma fue observada previamente por el Poder Ejecutivo y tiene su origen en una iniciativa legislativa presentada por la congresista Mery Infantes (Fuerza Popular), quien planteó la importancia de que los medios contribuyan a la sensibilización colectiva mediante espacios educativos.
Fuente: La República