ApurÃmac 2/04/2024.- Lo quieren fuera de la alcaldÃa. La Asociación de Municipalidades de Centros Poblados del Distrito de Haquira, en Cotabambas, solicitó al Jurado Nacional de Elecciones apruebe la suspensión por 1,080 dÃas contra el alcalde provincial de Cotabambas, Dante Contreras Gayoso, por no transferir recursos presupuestales a nueve municipios menores de acuerdo a ley.
El documento lleva la firma de los alcaldes delegados Nolberto Ancco Lima (Patán), Federico Sivincha Alejo (Huanca Umuyto), Daniel Ticllahuanaco GarcÃa (Pauchi Marccallac), Amilcar Colque Chahua (Huicsupillo), Aurelio Flores Puma (San Juan de Llac-hua), Justiniano Huayhua Cayllahua; Hermitaño Huamanà Yanqque (Hapupampa), Honorato Hanampa Quispe; Rafael Quispe Huamanà (Hapuro) y Teofilo Huayhua Mallma (Huancascca)
"Que tal como se ha acreditado, el alcalde de la municipalidad provincial de Cotabambas - Tambobamba ha vulnerado el artÃculo 133 de la Ley Orgánica de Municipalidades de manera reiterativa, por lo que en cumplimiento del artÃculo antes en mención correponde se aplique la sanción de suspensión de 120 dÃas por cada una de las municipalidades de centro poblado menor abajo firmantes, siendo nueve (9) municipalidades de centros poblados un total de 1,080 dÃas", señala la solicitud que ya está en manos de JNE.
"Que por intermedio y en uso de los derechos constitucionales y de la norma que regula la suspensión del alcalde previsto en el artÃculo 133 de la Ley Orgánica de Municipalides, solicito la suspensión de 120 dÃas de don Dante Contreras Gayoso, alcalde de la municipalidad provincial de Cotabambas-Tambobamba por incunplimiento del artÃculo 133 de la Ley 31079", agrega.
¿QUÉ DICE EL ARTÃCULO DE LA LEY 31079?
ArtÃculo 2. Precisión del artÃculo 133 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades
2.1. Se precisa que la entrega de recursos presupuestales que hacen las municipalidades provinciales y distritales a las municipalidades de centros poblados a la que hace referencia el artÃculo 133 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, se realiza de forma mensual, de la siguiente manera:
a) Las municipalidades provinciales entregan los recursos presupuestales a todas las municipalidades de centros poblados de su territorio provincial, asà como a las ubicadas en la capital de la provincia, a las que les asigna también por jurisdicción administrativa.
b) Las municipalidades distritales entregan los recursos presupuestales a todas las municipalidades de centros poblados de su jurisdicción.
2.2. Estos recursos se destinan de acuerdo con las funciones delegadas y con arreglo a la normativa presupuestal vigente.
(Por: Paul Pilco Dorregaray)