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Congreso: Pleno aprobó ley que reconoce ‘derechos del concebido’

Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia en donde se señala que el embrión no puede ser entendido como persona.

Congreso: Pleno aprobó ley que reconoce ‘derechos del concebido’

(Lunes 13/11/2023).- Por insistencia, la ley que reconoce derechos al concebido, entre ellos el derecho a la vida, la salud, la integridad moral, psíquica y física, identidad, libre desarrollo, bienestar y otros derechos que le favorezcan, fue aprobado por el pleno del Congreso. La votación fue 73 a favor, 26 en contra y 6 abstenciones.

La controversial iniciativa legislativa se sustenta en el Proyecto de Ley 785/2021. Fue aprobada en primera votación el 23 de marzo, y en segunda y definitiva votación el 13 de abril. Sin embargo, la autógrafa fue observada por el Poder Ejecutivo el 19 de mayo.

El vicepresidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Alejandro Muñante Barrios (Renovación Popular), expuso las observaciones que el Poder Ejecutivo efectuó a la autógrafa e intentó responderlas.

Según Muñante, el Ejecutivo plantea que es necesario definir el concepto de ‘concebido’, pues al no presentar una definición genera incertidumbre sobre cuáles son sus alcances; o que el Comité de Derechos Humanos de la ONU ha expresado que el embrión no puede ser considerado integrante de la categoría niñez protegida por las convenciones de derechos humanos. 

También plantea el Ejecutivo que el término ‘derecho del concebido’ es un término acuñado por profesionales no médicos que llama a confusión; y que la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió una sentencia en donde se señala que el embrión no puede ser entendido como persona.

Luego, el representante de Renovación insistió en el contenido de la autógrafa, pero en lo que se refiere a la observación que plantea que el derecho a la integridad moral, psíquica y física, así como el derecho a la identidad y el derecho al libre desarrollo y bienestar, dijo que no son aplicables al embrión o feto, porque “es inconstitucional en tanto limita o excluye otros derechos aplicables al concebido”, por eso se decidió por el allanamiento. Por tanto, a la fórmula inicialmente aprobada, se le incluye el literal f) en el artículo segundo: “Otros derechos que también le favorezcan”.

Participaron en el debate Milagros Aguayo de Jáuregui (RP), Esdras Medina Minaya (UyDP) y Noelia Herrera Medina (RP); además de Ruth Luque Ibarra (CD-JP), quien planteó una cuestión previa para que el dictamen de insistencia se derive a la Comisión de Salud y Población, la cual fue rechazada.

Fuente: Crónica Viva 

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