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SUNEDU no reconoce firmas de rectores en pugna por la UTEA

Desestimó solicitudes de registro de firmas presentadas por Carolina Soto y Toribio Tapia ambos enfrentados por control de rectorado.

SUNEDU no reconoce firmas de rectores en pugna por la UTEA

La jefatura de la Unidad de Registro de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) declaró improcedente la solicitud de registro de datos de Carolina Soto Carrión y de Toribio Tapia Molina, ambos enfrentados por el rectorado de la Universidad Tecnológica de Los Andes (UTEA).

Ambos documentos fechados el 26 de junio del año en curso analiza los antecedentes, base legal y procedimientos seguidos para la designación de los rectores encargados.

El informe técnico precisa que la convocatoria a la sesión extraordinaria de Asamblea Universitaria realizada el 27 de mayo del 2020, donde se encargó el rectorado a Carolina Soto Carrión y vicerrectora académica a Silvia Maquera Marón, “no cumplió con las formalidades establecidas en el reglamento de la Asamblea Universitaria y el Estatuto de la referida universidad”, restringiéndose la participación de varios asambleístas aun así estuviesen cumpliendo con su periodo vacacional.

“Sobre la base de los argumentos expuestos, corresponde declarar improcedente la solicitud de registro de datos de la señora Carolina Soto Carrión como rectora encargada y de la señora Silvia Maquera Marón como vicerrectora académica de la UTEA…”, indica el informe.

Mientras para el caso de la solicitud de registro de datos presentada por Toribio Tapia Molina como rector encargado, Carmen Palomino Peralta y Ely Jesús Acosta Valer, como vicerrectores académico e investigación, su designación mediante auto convocatoria a sesión extraordinaria de la Asamblea Universitaria el 2 de junio 2020 fue rechazada por no considerar a la representación estudiantil como miembros hábiles en la designación del rector encargado.

Cabe precisar, en dicha auto convocatoria se desconoció a la representación estudiantil porque se argumentó que no contaban con un promedio ponderado no mayor o igual a 14 para ser miembros hábiles, sin embargo, este argumento no tiene sustento porque perder esa condición debió ser mediante un procedimiento regular previo y no por una interpretación antojadiza como se dio en ese momento y que no estaba regulado en la normativa de la universidad.

“En ese sentido, la sesión extraordinaria de Asamblea Universitaria realizada el 2 de junio de 2020, en la cual se encarga a Toribio Tapia como rector, Carmen Palomino Peralta, vicerrectora académica y Ely Jesús Acosta Valer, como vicerrector de investigación, no cumplió con las formalidades establecidas en el reglamento de la Asamblea Universitaria”,  puntualiza el documento.

A fin de salir de este entrampamiento en que se encuentra la UTEA a pocos días del reinicio de las labores académicas virtuales, el rector saliente, Ramiro Trujillo deberá convocar a una nueva asamblea universitaria extraordinaria en fecha por definir o decidirse mediante una auto convocatoria.

 

Fuente: Pregón 

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