Apurímac, 31 mayo 2026.- "La usurpadora". El Segundo Juzgado Civil de Abancay declaró fundado el recurso amparo presentado por el docente Ely Acosta Valer contra la Universidad Tecnológica de Los Andes (UTEA), disponiendo su reposición en forma inmediata bajo apercibimiento de remitirse los actuados al Ministerio Público para las acciones respectivas en caso de incumplimiento.
"...en consecuencia, nula la Resolución del Consejo Universitario N° 1386 -2024-UTEA-CU del 20 de junio 2024 que aprobó y declaró la jubilación por límite de edad de Ely Jesús Acosta Valer, docente ordinario principal de la Escuela Profesional de Agronomía de la Facultad de Ingeniería de la UTEA, debiendo la parte emplazada restituir al accionante todos sus derechos al estado previo del acto lesivo, disponiendo su reincorporación...", señala la decisión judicial.
En efecto, Acosta Valer fue cesado por cumplir 70 años de acuerdo a la interpretación del artículo 76 del Estatuto de la UTEA, acorde a la Ley Universitaria N° 30220 que establecía similar límite de edad, sin embargo, ese tope ha sido modificado por la Ley N° 31542 que anula las restricciones de edad para el ejercicio de la docencia universitaria, razón por la cual, la defensa del catedrático demandó su reincorporación.
Durante una entrevista brindada a varios medios locales, entre ellos, Titanka Noticias, el destacado catedrático afirmó que la rectora Carolina Soto Carrión se niega acatar el recurso amparo, justificando que su plaza no dispone de carga académica y carece de disponibilidad presupuestal.
Sin embargo, para Acosta Valer, lo afirmado líneas arriba es una leguleyada sin sustento, porque de ser repuesto como corresponde, Carolina Soto tendría que dejar el cargo y entregarlo a su persona, en vista que fue cesado cuando se desempeñaba como vicerrector académico.
Recordó que su período como autoridad vencerá el 30 de septiembre del 2026, según el informe de la Sunedu, sobre registros de datos de autoridades titulares de la mencionada casa de estudios, "no me reponen a sabiendas que la ley me da la razón, lo que busca la "usurpadora" de Carolina Soto y su lacayo de turno Carlos Sánchez Palomino es evitar que llegue al rectorado", afirmó Acosta Valer.
UTEA se resiste acatar mandato judicial
Mediante Resolución N° 20 del Segundo Civil - Sede Central del 18 de mayo del 2026 resolvió hacer efectivo el apercibimiento contra la UTEA multándola por 5 unidades de referencia procesal (URP) y se inicie investigación contra la rectora interina Carolina Soto Carrión por los presuntos delitos de desacato y resistencia a la autoridad.
"Requerir a la rectora de la UTEA Carolina Soto Carrión con el objeto de que cumpla con lo dispuesto en la sentencia de vista de fecha 28 de noviembre de 2025, es decir, reincorporar al demandante Ely Jesús Acosta Valer en el plazo de cinco días (...), bajo apercibimiento de volver a remitirse copia de los actuados al Ministerio Público, por nuevo desacato y resistencia a la Autoridad, e imponérsele multa de 20 unidades de referencia procesal a la universidad demandada", señala el apercibimiento. (P.P.D)
DATO
El valor de la Unidad de Referencia Procesal (URP) en nuestro país es de S/ 550.00