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Delia Espinoza Valenzuela pide a JNE excluir a Fernando Rospigliosi por tener condena

En su solicitud, la decana enfatiza que notificar al JNE es fundamental, teniendo en cuenta que el proceso de las Elecciones Generales 2026 aún se encuentra en etapa de cómputo de votos y no se han oficializado los resultados finales.

Delia Espinoza Valenzuela pide a JNE excluir a Fernando Rospigliosi por tener condena

Apurímac, 28 abril 2026.- La decana del Colegio de Abogados de Lima (CAL), Delia Espinoza Valenzuela, ha solicitado al Juzgado Penal Supremo Unipersonal que informe oficialmente al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) sobre la sentencia condenatoria dictada contra Fernando Rospigliosi, actual presidente del Congreso y candidato al Senado.

El pasado 7 de abril, se conoció que el Poder Judicial condenó a Fernando Rospigliosi a una pena de nueve meses de prisión suspendida por el delito de difamación agravada contra Delia Espinoza Valenzuela. Asimismo, se dispuso una multa equivalente a 100 días y el pago de una reparación civil de S/ 200,000.

En su solicitud, la decana enfatiza que notificar al JNE es fundamental, teniendo en cuenta que el proceso de las Elecciones Generales 2026 aún se encuentra en etapa de cómputo de votos y no se han oficializado los resultados finales. Señaló que corresponde al organismo electoral garantizar la evaluación de la idoneidad de las candidaturas.

El documento presentado subraya que es prioritario que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones examine la situación actual del mencionado candidato, en cumplimiento de las normativas electorales vigentes. Según Espinoza, el objetivo principal de esta medida es salvaguardar el desarrollo correcto del proceso electoral, evitando que aspirantes que no cumplan con los requisitos legales sean proclamados en incumplimiento de la ley.

La decana respalda su solicitud en el artículo 34-A de la Constitución, que inhabilita para postular a cargos de elección popular a aquellos ciudadanos que hayan recibido una sentencia condenatoria en primera instancia por la comisión de un delito doloso, ya sea en calidad de autores o cómplices.

En su argumentación, señaló que las normas electorales en vigor exigen que los candidatos mantengan un perfil idóneo, razón por la cual deberían ser excluidos quienes tengan una condena penal en primera instancia, conforme a lo dispuesto por el mandato constitucional.

En el pedido también se menciona declaraciones previas del presidente del JNE, Roberto Burneo, quien manifestó públicamente su disposición a revisar cualquier incidencia relacionada con el proceso electoral. Espinoza recuerda que Burneo afirmó estar dispuesto a adoptar decisiones necesarias, incluso aquellas consideradas más drásticas, en aras de asegurar la transparencia del proceso electoral.

Fuente: Crónica Viva 

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