ApurÃmac 31/01/2024.- El Ejecutivo declaró el estado de emergencia en parte del Corredor Vial ApurÃmac-Cusco-Arequipa, incluyendo los 500 metros adyacentes a cada lado de la vÃa.
Esta medida constitucional, oficializada a través del Decreto Supremo 008-2024-PCM, publicada en el boletÃn de normas legales del diario El Peruano, tendrá una vigencia de 30 dÃas calendario, a partir del 5 de enero.
Durante el estado de emergencia se aplica lo dispuesto en el numeral 1) del artÃculo 137 de la Constitución PolÃtica del Perú, en lo que concierne a la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 11), 12) y 24) literal f) del artÃculo 2 de la Constitución PolÃtica del Perú.
La intervención de la PolicÃa Nacional del Perú y de las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la PolicÃa Nacional del Perú, y en el Decreto Legislativo 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 003-2020-DE, respectivamente; asà como, en el “Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidadâ€, aprobado por Decreto Supremo 002-2023-MIMP
Asimismo, la norma señala que, dentro de los cinco dÃas hábiles posteriores al término del estado de emergencia, la PolicÃa Nacional del Perú debe presentar al ministro del Ministerio del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de excepción y los resultados obtenidos.
El decreto supremo lleva la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte; y es refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Alberto Otárola; y por los ministros del Interior, VÃctor Torres; de Defensa, Jorge Chávez; y de Justicia y Derechos Humanos, Eduardo Arana.
El los considerandos, el decreto supremo explica que la Comandancia General de la PolicÃa Nacional del Perú recomienda que se declare el estado de emergencia por 30 dÃas calendario, en el Corredor Vial Sur ApurÃmac-Cusco-Arequipa.
La solicitud se basa en dos oficios de carácter reservado de la Unidad de Planeamiento y Educación de la Dirección Nacional de Orden y Seguridad y de la Oficina de Planeamiento Operativo de la Región Policial Cusco.
Se da, según explica, con el objeto de cautelar el orden interno, asà como preservar los derechos constitucionales de la población, frente a la proyección de escalamiento de las acciones de fuerza y actos violentos en el territorio por donde atraviesa el referido corredor vial.
Fuente: Gestión