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Piden a Constitución priorizar debate sobre vacancia por incapacidad moral

Segundo vicepresidente del Congreso solicitó que iniciativa legislativa sea revisada en la próxima sesión de dicha comisión por ser un tema de “interés nacional”.

Piden a Constitución priorizar debate sobre vacancia por incapacidad moral

(Martes 4/05/2021).- El parlamentario Luis Roel Alva (Acción Popular) envió un oficio a la Comisión de Constitución y Reglamento para que se priorice el debate de la reforma constitucional que modifica la vacancia presidencial por la causal de incapacidad moral.

“Le solicito pueda incorporar el proyecto de ley 7503/2020-CR, ‘Ley de reforma constitucional que modifica el artículo 113 de la Constitución Política del Perú referente a las causales de vacancia al cargo de presidente de la República’ al debate en la comisión que usted preside”, se lee en el documento dirigido a Luis Valdez Farías.

El motivo para pedir la preponderancia de dicho debate responde a que, según expresó Roel Alva, “es un proyecto de ley de interés nacional que fortalece el sistema de división de poderes del Estado y que es de suma importancia para reforzar la institucional en el país”.

Asimismo, a través de su cuenta de Twitter, el segundo vicepresidente del Congreso se refirió acerca de la importancia de esta iniciativa legislativa. “Es necesario que tengamos claras las causales y procedimientos para salvaguardar la estabilidad y gobernabilidad del país”, comentó.

¿Qué propone este proyecto de ley?

El proyecto de ley 7503/2020-CR, impulsado por el legislador Anthony Novoa (Acción Popular), busca la modificación del artículo 113 de la carta magna a fin de que en el numeral 2, en vez de sustentar la vacancia por “permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso”, se establezca por “permanente incapacidad mental o física, declarada por el Congreso”.

En la exposición de motivos de la iniciativa legislativa se precisa que es un “concepto jurídico indeterminado y laxo, y es imposible establecer en una norma de manera casuística todas aquellas conductas que pueden ser calificables como inmorales”.

De igual modo, se apunta a incorporar el numeral 6, en el que se especificará como otra causal la “falta de solvencia e identidad moral y ética en el desarrollo del cargo”.

En ese sentido, se explicó que agregar este motivo servirá para “dar un cambio importante y fundamental de interés nacional al establecer taxativamente la diferencia entre incapacidad física y mental permanente del presidente de la República”.

Fuente: La República 

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