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Sancionan a empresas de telecomunicaciones por infringir reglamentos de Portabilidad

Telefónica del Perú S.A.A. (Movistar) fue multada con S/ 551 690, América Móvil Perú S.A.C. (Claro) con S/ 219 300 y Viettel Perú S.A.C. (Bitel) con S/ 389 580.

Sancionan a empresas de telecomunicaciones por infringir reglamentos de Portabilidad

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL declaró infundados los recursos de apelación presentados por las empresas operadoras Movistar, Claro y Bitel y confirmó multas por un total de S/ 1 160 570, equivalentes a 269,9 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), por infringir los Reglamentos de Portabilidad y de Fiscalización, Infracciones y Sanciones.

De acuerdo con la Resolución N° 083-2020-CD/OSIPTEL el Consejo Directivo del ente regulador confirmó las multas impuestas a Movistar, la suma total de S/ 551 690 (128,3 UIT) –una de 26,3 UIT y dos de 51 UIT cada una– por incumplir lo establecido en el Reglamento de Portabilidad Numérica.

En concreto, entre diciembre 2018 y enero 2019, la empresa no remitió la fecha y hora en las que ejecutó la portabilidad de 413 963 números telefónicos portados (infracción leve); no ejecutó todas las actividades necesarias para el correcto encaminamiento de las llamadas hacia y desde 17 514 números telefónicos portados (habilitación), generando la interrupción del servicio por más de 3 horas (infracción grave); y no ejecutó todas las actividades necesarias para el correcto encaminamiento de las llamadas hacia y desde 12 339 números telefónicos portados (deshabilitación) durante la ventana de cambio de portación (infracción grave).

Claro recibió una multa de S/ 219 300, equivalentes a 51 UIT, por infracción grave tipificada en el Reglamento de Fiscalización, Infracciones y Sanciones, debido al incumplimiento de las resoluciones finales de seis expedientes del Tribunal Administrativo de Solución de Reclamos (TRASU).

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